El Real Decreto de la ley Sinde impedirá también, previa autorización  judicial, el acceso de los usuarios desde España a una web con el  servidor en el extranjero y que permita descargar contenidos ilegales  sujetos a derechos de autor.
El borrador del Real Decreto de la  ley Sinde, cuyo trámite de consulta acaba de iniciar el Ministerio de  Cultura, regula el funcionamiento técnico de las dos secciones de la  Comisión de Propiedad Intelectual, el órgano que ejercerá las funciones  de mediación y arbitraje, así como las de salvaguarda de los derechos de  propiedad intelectual.
El reglamento, compuesto de 24 artículos,  recuerda en su preámbulo que un órgano competente, en este caso la  Audiencia Nacional, puede ordenar a un prestador de servicios de  intermediación de la sociedad la información, -proveedores de  telefonía-, "que interrumpa la prestación de un servicio o impida el  acceso desde territorio español". 
La ley antidescargas, recogida  en la disposición final cuadragésimo tercera de la Ley de Economía  Sostenible y publicada en el BOE el 5 de marzo, permite la retirada de  contenidos o la interrupción del servicio de una web de descargas de  contenidos ilegales sujetos a derechos de autor, esté o no alojada en un  servidor de España, previa autorización de un juez de la Audiencia  Nacional.
El Real Decreto refuerza el procedimiento de mediación y  arbitraje de la sección primera de la comisión con el propósito de la  resolución "voluntaria" y "extrajudicial" de los conflictos sobre  propiedad intelectual.
En el caso de la mediación, el Real  Decreto establece como máximo nueve meses para que se resuelva el  conflicto, mientras que el laudo arbitral, que tendrá "carácter  vinculante, ejecutable e impugnable", deberá dictarse en el plazo máximo  de tres meses desde que las partes formulen sus posiciones definitivas.
Los  titulares de derechos de autor o las entidades o personas naturales o  jurídicas que los representen pueden también dirigirse directamente a la  sección segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual -nunca actuará  de oficio-. Ésta también instará a la web de forma voluntaria a la  retirada de los contenidos o la presentación de alegaciones en el plazo  de 48 horas.
Transcurrido este plazo sin que ninguno de estos  requerimientos hayan sido seguidos, la sección pedirá que ambas partes  presenten conclusiones en cinco días, tras los cuales la comisión tendrá  otros tres días como máximo para dictar resolución. Declarada en dicha  resolución la existencia de una vulneración de derechos de propiedad  intelectual, la sección segunda ordenará, previa autorización judicial,  la retirada de los contenidos en un plazo de 24 horas desde su  notificación.
La resolución contemplará, asimismo, para el caso  de incumplimiento dentro del plazo de 24 horas, "las medidas de  ejecución forzosa dirigidas a los servicios de intermediación de la  sociedad de la información que correspondan para el eficaz cumplimiento  de la resolución". "Los servicios de intermediación deberán dar  cumplimiento a este requerimiento de colaboración en un plazo de 72  horas desde la notificación", añade el Real Decreto que deberá ser  aprobado por el Consejo de Ministros y que podría comenzar a aplicarse  en tres meses.
 
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